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Propiedades



Permiso Militar para comprar finca rústica en España para ciudadanos no comunitarios

ASPECTOS A TENER EN CUENTA AL COMPRAR UNA PROPIEDAD EN ESPAÑA

AUTORIZACIÓN MILITAR

De acuerdo con la Ley 8/1975 , y el RD 689/1978 que la desarrolla, para las adquisiciones de bienes inter vivos y mortis causa realizadas por ciudadanos nacionales de Estados no pertenecientes a la Unión Europea (incluidos en el Espacio Schengen), se requiere la previa obtención de autorización escrita del Ministerio de Defensa español.

Por lo tanto, esta ley actualmente se aplica a nacionales de países como EE.UU., Reino Unido, Canadá, México, Argentina, Venezuela, Colombia, India, China, Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudita, Turquía , etc.

Este requisito no se aplica a todo el territorio español, sino a diferentes zonas que, debido a su posición estratégica de defensa, requieren cierto control en las operaciones con ciudadanos extranjeros. Entre estos territorios protegidos se encuentran las Islas Baleares, toda la costa gallega (La Coruña, Lugo y Pontevedra), todo el territorio limítrofe con Portugal, el Golfo de Cádiz, Algeciras y Gibraltar, Murcia, Cartagena y Alicante Sur (Torrevieja Sur, Orihuela Costa, La Zenia, Playa Flamenca, Pilar Horadada, San Pedro del Pinatar, San Javier, Sucina, etc.).

Así, en caso de herencia , los herederos nacionales de estos países que hereden bienes ubicados en estos territorios deben presentar dicha autorización en un plazo de tres meses desde la aceptación de la herencia. De no hacerlo, deben vender la propiedad en un plazo máximo de un año.

También se aplica a las sociedades españolas cuyo capital social esté formado en más de un 50% por socios nacionales de estos países.

Por tanto, cualquier ciudadano nacional de un país no perteneciente a la Unión Europea, ni al Espacio Schengen, deberá requerir esta autorización, ya sea para la adquisición de un inmueble por compra, por donación o por herencia.

¿Qué tipo de propiedades se ven afectadas por esta obligación de autorización militar? SOLO TERRENOS RÚSTICOS

En muchos territorios protegidos por esta ley, la obligación de obtener un permiso militar se extiende a todo tipo de propiedades ubicadas en dichos territorios, ya sean apartamentos, villas, etc., tanto urbanas como rústicas.
Sin embargo, en las Islas Baleares, esta obligación se limita exclusivamente a las propiedades ubicadas en suelo rústico (suelo no urbanizable). Por lo tanto, para tranquilidad de los inversores nacionales de estos países, no se les requerirá dicha autorización si adquieren propiedades en zonas urbanas o en urbanizaciones.

¿Se aplica a los ciudadanos del Reino Unido?

Atención: desde la salida del Reino Unido –RU– de la Unión Europea, todos los ciudadanos británicos son considerados como “extranjeros" a los efectos de esta ley, y por tanto deben obtener dicha autorización militar para adquirir, comprar o heredar propiedades en los territorios protegidos.

¿Qué se necesita para obtener la Autorización Militar?

Junto con la solicitud de autorización al Ministerio de Defensa, se deberá adjuntar lo siguiente:

A) Identificación del Comprador:

1. Fotocopia certificada/apostillada del pasaporte vigente.
2. NIE
3. Certificado de antecedentes penales del país de residencia habitual, traducido por traductor jurado y apostillado.
4. Si reside en España, fotocopia compulsada del permiso de residencia.

En caso de que el comprador sea una empresa española con más del 50 % en manos de nacionales no comunitarios:

1. Escritura de constitución, incluyendo sus estatutos y sus posibles modificaciones.
2. Certificación expedida por la persona a quien corresponda la administración o representación de la entidad, respecto de la participación de personas naturales o jurídicas extranjeras en el capital y en los órganos sociales.

B) Planos a escala del terreno , con la distancia a la costa o a la instalación militar más cercana.

C) Plano del terreno a escala no inferior a 1/500 . Si se prevé construir o realizar obras, deberá adjuntarse el anteproyecto correspondiente, así como la memoria justificativa y descriptiva de las obras.

¿Cuánto tiempo se tarda en obtener esta autorización?

El proceso de obtención es lento y complicado. Suele durar entre 5 y 7 meses (o incluso más).
Por tanto, en el caso de que usted esté en disposición de adquirir una finca rústica (no urbanizable) en estas zonas, será recomendable tener en cuenta esta obligación para poder concretarla con tiempo suficiente.


30 may 2025
: TLA Abogados

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