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Estancia post-Brexit en España para los británicos: ¿Cuáles son las opciones?

Después del Brexit, los ciudadanos británicos ya no tienen el derecho automático a vivir y trabajar en España. Sin embargo, todavía pueden visitar y permanecer en España, pero con nuevas reglas y opciones. Aquí están los detalles:


Estancia de Corta Duración (Visitas Turísticas)

- **Duración**: Hasta 90 días dentro de cualquier período de 180 días.

- **Requisitos**: No se necesita visa para visitas turísticas de corta duración. Sin embargo, debes tener:

  1. - Un pasaporte válido.
  2. - Comprobante de regreso o continuación del viaje.
  3. - Fondos suficientes para su estancia.
  4. - Se recomienda seguro de viaje.


Opciones de estadía a largo plazo


1. **Visa no lucrativa**

- **Duración**: Inicialmente 1 año, renovable por 2 años, luego otros 2 años. Después de 5 años, puedes solicitar la residencia permanente.

- **Requisitos**:

  1. - Acreditación de medios económicos suficientes (28.800 € para el solicitante principal y 7.200 € para cada miembro de la familia en 2024).
  2. - Sin empleo ni actividad económica.
  3. - Antecedentes penales limpios.
  4. - Seguro médico a todo riesgo.
  5. - Certificado médico que acredite buen estado de salud.


2. **Visa Dorada**

- **Duración**: Inicialmente 1 año, luego renovable cada 2 años. Residencia permanente después de 5 años.

- **Requisitos**:

  1. - Inversión de al menos 500.000 € en bienes inmuebles españoles, u otras inversiones significativas como 1 millón de € en empresas españolas o depósitos bancarios.
  2. - Justificante de la inversión.
  3. - Antecedentes penales limpios.
  4. - Seguro de salud.


3. **Visa de estudiante**

- **Duración**: Duración del programa de estudios.

- **Requisitos**:

  1. - Carta de aceptación de una institución educativa española.
  2. - Justificante de medios económicos para mantenerse durante su estancia.
  3. - Seguro de salud.
  4. - Comprobante de alojamiento.
  5. - Antecedentes penales limpios.


4. **Visa de Trabajo**

- **Duración**: Varía según el contrato de trabajo, normalmente 1-2 años, renovable.

- **Requisitos**:

  1. - Oferta de trabajo de un empleador español.
  2. - El empleador debe obtener un permiso de trabajo.
  3. - Comprobante de cualificación y experiencia.
  4. - Antecedentes penales limpios.
  5. - Seguro de salud.


5. **Visa de Jubilación**

- **Duración**: Similar a la Visa No Lucrativa (inicialmente 1 año, luego renovable).

- **Requisitos**:

  1. - Justificante de ingresos por pensiones o ahorros suficientes.
  2. - Sin empleo.
  3. - Antecedentes penales limpios.
  4. - Seguro médico a todo riesgo.
  5. - Certificado médico que acredite buen estado de salud.


Resumen

- **Estancia de corta duración**: Hasta 90 días sin visa.

- **Visa No Lucrativa**: 1 año inicialmente, luego renovaciones por 2 años; 28.800 € comprobante de fondos.

- **Golden Visa**: 1 año inicialmente, luego renovaciones por 2 años; Inversión de 500.000 €.

- **Visa de Estudiante**: Duración del programa de estudio; Se requiere carta de aceptación y prueba financiera.

- **Visa de Trabajo**: La duración varía; Se necesita oferta de trabajo y permiso de trabajo.

- **Visa de Jubilación**: Similar a No Lucrativa; comprobante de ingresos de pensión.


Cada opción tiene requisitos y beneficios específicos, lo que permite a los ciudadanos británicos elegir la mejor opción para su estancia de larga duración en España.



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